anuncio 37

viernes, 25 de octubre de 2024

EL ARTÍCULO 25 DE LOS DERECHOS HUMANOS.






            
               
EL ARTÍCULO 25 DE LOS DERECHOS HUMANOS.
                     




         El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice así: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado  que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudedad u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad”.



        Este artículo debería ser recordado en los despachos de los gobernantes y susurrado en el corazón de cada persona. 







   CONOCE MIS LIBROS EN BUBOK



Canal de Francisco Baena Calvo.

CANAL DE FRANCISCO BAENA CALVO EN YOUTUBE

Me gustaría que te suscribieras a mi canal: 

Conoce mi página web: www.marinaveracruz.net

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Vistas de página en total

Translate

Buscar este blog

revolvermaps

CANAL DE F. BAENA CALVO EN YOUTUBE

CONOCE AL AUTOR